• La autoridad ambiental viene fortaleciendo su estrategia para hacer frente a un delito que pone en riesgo la supervivencia de fauna Silvestre.
• A hoy se han impuesto 46 sanciones por infracciones ambientales relacionadas con fauna silvestre, sobre todo algunas aves como el loro frente azul, el loro frentiamarillo y diversas guacamayas.
• La ciudadanía puede contribuir reportando cualquier caso de tenencia o comercio ilegal de fauna silvestre a través de las líneas de atención 316 524 4031
Bogotá D.C., 28 de julio de 2025. La tenencia de animales silvestres como mascotas continúa siendo una práctica que atenta gravemente contra la biodiversidad. Aunque muchas personas lo hacen por desconocimiento o creyendo que están cuidando al animal, la realidad es que sacarlo de su entorno natural afecta su bienestar, rompe el equilibrio ecológico y vulnera la ley.
La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca – CAR reitera a la ciudadanía que la captura, tenencia, movilización o comercialización de fauna silvestre está prohibida por la normativa ambiental colombiana y puede acarrear sanciones administrativas y penales. Solo en los últimos 5 años la CAR ha impuesto 46 sanciones por este tipo de infracciones, con multas que oscilan entre 400 mil hasta más de 5 millones de pesos.
Entre los casos más frecuentes se encuentran aves como el loro frente azul, el loro frentiamarillo y diversas especies de guacamayas, así como reptiles como la tortuga morrocoy. Estos animales no solo están protegidos a nivel nacional, sino que también figuran en los apéndices de la Convención CITES, lo que convierte su tenencia sin autorización en un delito ambiental.
Las sanciones se aplican bajo el marco legal establecido por la Ley 1333 de 2009, modificada por la Ley 2387 de 2024, que contempla multas de hasta cien mil salarios mínimos mensuales legales vigentes. Asimismo, la Ley 2111 de 2021, que reforma el Código Penal, establece penas privativas de la libertad de hasta once años por delitos contra la fauna, y otras disposiciones como la Ley 611 de 2000 y el Decreto 1076 de 2015 refuerzan la protección de la fauna silvestre en Colombia.
Carlos Eduardo Rodríguez, director de Evaluación, Seguimiento y Control Ambiental de la CAR, aseguró que “cada proceso sancionatorio es evaluado caso por caso por profesionales de la CAR, quienes analizan factores como el estado del animal, su edad, la especie, las condiciones en las que fue hallado y el contexto social de la persona que lo tenía en cautiverio. La Corporación actúa no solo como autoridad, sino también con un enfoque pedagógico y de protección de la vida”.
La CAR hace un llamado a la conciencia ciudadana reiterando que ningún animal silvestre debe estar encerrado en una jaula o en una casa. Su hogar está en los bosques, la selva o los humedales, pues es allí donde cumplen un papel fundamental para el equilibrio ecosistémico.
La ciudadanía puede contribuir reportando cualquier caso de tenencia o comercio ilegal de fauna silvestre a través de las líneas de atención de la CAR 316 524 4031.
Cuidar la vida en todas sus formas es responsabilidad de todos.
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